Proyecto de ley abre vía para deportar extranjeros con DUI, incluso residentes permanentes
El senado de Estados Unidos tiene en sus manos una iniciativa de ley que, de ser aprobada, abriría la puerta para declarar como inadmisibles a extranjeros que hayan sido declarados culpables de manejar bajo la influencia del alcohol o drogas, incluyendo a residentes legales permanentes o titulares de tarjetas verdes (green card).
La propuesta (H.R.857) fue aprobada a finales de junio con 243 votos a favor, 25 más que el mínimo de 218. La Cámara Baja está controlada por los republicanos con 219 asientos.
El proyecto de ley, patrocinado por republicanos, busca enmendar la Ley de Inmigración y Nacionalidad (INA) con el propósito de estipular que los extranjeros que hayan sido condenados o cometido un delito por conducir bajo los efectos del alcohol (manejar borrachos) o drogas, sean declarados inadmisibles y quedar sujetos a ser deportados de Estados Unidos.
El sumario del proyecto, publicado en la página digital del Congreso, señala que “esta iniciativa de ley establece que conducir en estado de ebriedad o bajo los efectos de sustancias es motivo para (1) prohibir la entrada a Estados Unidos a una persona no estadounidense (extranjero según la ley federal), o (2) deportarla”.
La descripción añade que “la prohibición de admisión se aplicará a quienes hayan sido condenados por el delito o hayan admitido haber cometido los actos que constituyen los elementos del delito”. Y que “como motivo de deportación, la persona debe haber sido condenada por el delito”.
El impacto será “enorme”
De ser aprobada la iniciativa y promulgada por el presidente Donald Trump, “tendrá enorme impacto en residentes permanentes que pidan hijos, esposas o soliciten la ciudadanía por naturalización”, dijo a Univision Noticias Haim Vásquez, un abogado de inmigración que ejerce en Dallas, Texas.
Vásquez dijo además que, “de la manera en cómo fue escrita la versión aprobada por la Cámara de Representantes, puede impactar y afectar a una cantidad enorme de extranjeros que ahora puede que hayan sido declarados culpables de DUI, pero que en caso la ley sea aprobada no solo serán declarados como inadmisibles, sino que podrán enfrentar un proceso para que les retiren la residencia y sean puestos en proceso de deportación de Estados Unidos”.
“Tampoco sabemos por ahora sí, de ser aprobada, la versión final sea con efecto retroactivo. Pero como sucede con los asuntos de inmigración, los asuntos declarados como actos criminales son retroactivos y la pena sanciona no solo los actos cometidos a partir de la entrada en vigor de la nueva ley”, advirtió Vásquez.
Según la base de datos de la Oficina de Ciudadanía y Servicios de Inmigración (USCIS), a finales de marzo la agencia federal tenía más de 527,000 solicitudes pendientes de ciudadanía por naturalización (formulario N-400) presentadas por residentes legales permanentes. Y se estima que entre 8 y 9 millones de residentes reúnen requisitos para convertirse en ciudadanos, pero se desconoce cuántos pudieran tener antecedentes o cargos por DUI.
Qué dice el proyecto en manos del Senado
El texto de la iniciativa aprobada por la Cámara de Representantes enviado al Senado se conoce como ley para enmendar la Ley de Inmigración y Nacionalidad a fin de establecer que los extranjeros que hayan sido condenados o hayan cometido un delito por conducir en estado de ebriedad o bajo los efectos del alcohol sean inadmisibles y sujetos a deportación.
Titulada bajo el nombre de “Ley Jeremy, Angel Seay y el Sargento Brandon Mendoza para Proteger a Nuestras Comunidades de los DUI de 2025”, el proyecto indica la inadmisibilidad y deportabilidad de un extranjero “en relación con la conducción en estado de ebriedad o bajo los efectos del alcohol”.
Recomienda modificar el artículo 212(a)(2) de la Ley de Inmigración y Nacionalidad (8 U.S.C. 1182(a)(2)) y añade al final lo siguiente:
“(J)CONDUCIR EN ESTADO DE EBRIEDAD O IMPEDIDO.—Todo extranjero que haya sido condenado, admita haber cometido o admita haber cometido actos que constituyan los elementos esenciales de un delito por conducir en estado de ebriedad o bajo los efectos de sustancias, según se definen dichos términos en la legislación de la jurisdicción donde se cometió la condena, el delito o los actos que constituyen los elementos esenciales del delito (incluido el delito por conducir bajo los efectos del alcohol o las drogas), independientemente de si la condena o el delito se clasifica como delito menor o grave según la legislación federal, estatal, tribal o local, es inadmisible.”
Agrega que se enmienda la Sección 237(a)(2) de la Ley de Inmigración y Nacionalidad (8 U.S.C. 1227(a)(2)) añadiendo al final lo siguiente: “(G) CONDUCIR EN ESTADO DE EBRIO O IMPEDIDO. —Todo extranjero que haya sido condenado por conducir en estado de ebriedad o bajo los efectos de drogas, según se definen estos términos en la legislación de la jurisdicción donde se produjo la condena (incluida una condena por conducir bajo los efectos del alcohol o drogas), independientemente de si la condena se clasifica como delito menor o grave según la legislación federal, estatal, tribal o local, es deportable”.
Un proyecto similar fue aprobado por la Cámara Baja en 2024 con mayoría de votos republicanos. El proyecto, sin embargo, fue desestimado por el Senado que se encontraba en manos de una mayoría demócrata.