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Solicitantes de asilo en EEUU deben notificar cambios de dirección o perderán sus casos

Los extranjeros que aguardaban en México por sus casos de asilo bajo el Programa de Protección del Migrante y se encuentran en territorio estadounidense a la espera de una audiencia en la Corte de Inmigración, tienen cinco días para notificar un cambio de domicilio. Si no lo hacen y no se presentan ante el juez, les emitirán una orden de deportación en ausencia.
12 May 2021 – 12:38 PM EDT
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Los extranjeros que aguardaban en México por sus casos de asilo bajo el Programa de Protección del Migrante (MPP) y se encuentran en territorio estadounidense a la espera de sus audiencias en los tribunales de inmigración, solo tienen cinco (5) de plazo para notificar un cambio de domicilio (dirección).

Así lo advierte la Oficina de Revisión de Casos de Inmigración (EOIR, Corte de Inmigración) en su página digital, en la que señala que los inmigrantes deben “conocer sus responsabilidades” legales.

“Es su deber informar al tribunal de inmigración y al Departamento de Seguridad Nacional (DHS) sobre cualquier cambio de dirección dentro de un plazo de cinco (5) a partir del cambio”, precisa.

El aviso agrega que si el extranjero no ha recibido información sobre su caso de inmigración, y el gobierno de Estados Unidos no le ha informado que puede permanecer en el país permanentemente, “entonces aún no tiene un estado (estatus) legal”.

La Oficina de Ciudadanía y Servicios de Inmigración (USCIS), agencia federal que regula los casos de asilo, dice que la información que el inmigrante proporciona cuando notifica un cambio de dirección “es obligatoria” y que no hacerlo “podría resultar en una multa, encarcelamiento y/o deportación, además de poner en peligro su capacidad para obtener una visa en el futuro u otros beneficios de inmigración".

Problema serio

“No avisar un cambio de dirección en el plazo que estipula la ley es un problema serio, muy serio”, dice Lilia Velásquez, profesora adjunta de la facultad de leyes de la Universidad de California en San Digo. “Probablemente sea por una cuestión de cultura que muchos refugiados (asilados) no toma eso en cuenta, lo estricto que es la ley de inmigración de Estados Unidos”.

“Las autoridades de inmigración o los tribunales envían las Notificaciones de Comparecencia (NTA) o avisos al ultimo domicilio registrado. Si se cambiaron de casa y no avisaron, las notificaciones regresarán al tribunal y a los jueces no les quedará otra que emitir una orden de deportación en ausencia”, agrega.

Velásquez dice además que “en estos casos solicitar una reapertura del expediente es difícil y solo puede hacerse por razones de fuerza mayor, pero en ningún caso por olvido, por no avisar el cambio de dirección o porque la persona no sabía leer ni escribir en inglés, idioma que se utiliza para enviar las NTA”.

“Las consecuencias son muy graves”, apuntó. “A veces las personas no lo hacen con mala intención. Y muchas veces se debe a que no están bien informados o ambientados al sistema estadounidense. Por eso es necesario estar atentos y pedir ayuda cuando la necesitan para evitar este tipo de situaciones”.

Qué debe tener en cuenta

Además de notificar el cambio de dirección dentro de un plazo de cinco (5) días, la EOIR señala que los inmigrantes bajo el MPP que se encuentran dentro de Estados Unidos, pueden pedir al tribunal de inmigración y al DHS “que traslade su caso a otra ciudad o estado”, pero advierte que las personas deben tener presente “que dicho traslado no esta garantizado”.

Precisa además que los solicitantes de asilo “deben asistir a sus audiencias de inmigración” y que pueden obtener información sobre su caso, así como la fecha de su próxima audiencia llamando gratis al numero 1(800) 898-7180.

También pueden ingresar a la página web de la EOIR: https://portal.eoir.justice.gov/infosystem/Form?Language=EN

También recuerda que las solicitudes de asilo deben presentarse “dentro del plazo establecidos de un año”, contado a partir de la fecha de ingreso a Estados Unidos.

Los casos activos

Tras su arribo a la Casa Blanca en enero, el presidente Joe Biden canceló el MPP con el objetivo de restituir el programa de asilo. Durante la vigencia del protocolo, activado en enero de 2019, cerca de 70,000 solicitantes de asilo fueron regresados a México a esperar sus casos de asilo en los tribunales de inmigración estadounidenses.

En febrero la Casa Blanca anunció la entrada de los primeros casos, un plan que tiene como objetivo procesar a poco más de 25,000 casos activos. El resto no será atendido.

Cuántos han ingresado hasta ahora

Hasta el lunes “han cruzado a Estados Unidos 10,282 personas”, confirmó a Univision Moticias la oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR).

A todos ellos “se les hizo una prueba COVID-19 y fueron acompañadas hasta la frontera”, indicó la agencia internacional.

La mayoría de los inmigrantes que han cruzado la frontera para continuar con sus casos de asilo en los tribunales de inmigración estadounidenses se encontraban esperando en Tijuana, Matamoros, Ciudad Juárez, Reynosa, Nuevo Laredo y en Piedras Negras.

ACNUR dijo ademas que al 12 de marzo se habían registrado 17,496 personas en la página CONECTA https://conecta.acnur.org/ , el sitio habilitado para preparar las entradas a Estados Unidos.

El Centro de Información y Acceso de Registros Transaccionales (TRAC) de la Universidad de Syracuse, en Nueva York, reporta que durante el mes de abril “el ritmo (de personas entrando a Estados Unidos y que permanecían en México esperando) se aceleró.

El reporte agrega que los casos de MPP asignados a la jurisdicción de los tribunales en Brownsville (Texas) “continuaron mostrando la mayor proporción de personas a las que se les permitió ingresar a Estados Unidos”.

Dijo además que los casos de MPP de Laredo (Texas), han recuperado “mucho terreno perdido” en los primeros meses. Una vez ingresan los inmigrantes, actualizan sus datos y son liberados a la espera de la presentación ante un juez de inmigración en una fecha determinada por las autoridades en los domicilios que registran.

“Confiamos en que la Corte de Inmigración tendrá cierta discreción en aquellos casos donde el inmigrante no haga a tiempo el cambio de dirección por alguna razón válida”, dice Jaime Barrón, un abogado de inmigración que ejerce en Dallas (Texas). “Pero recomendamos que los clientes no desafíen la orden o instrucciones emitidas por las autoridades. Que cumplan con lo que dice la ley”, indicó.

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