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Asilo Político

Corte Suprema revisa caso de inmigrante transgénero guatemalteca deportada dos veces

León Santos-Zacaria, de 34 años, huyó de su casa a la edad de 13 y se fue a vivir a México. Los documentos de la corte señalan que ingresó ilegalmente (indocumentada) a Estados Unidos al menos dos veces, lo que llevó a su deportación a Guatemala, la primera en 2008 y la segunda en 2012. En 2018 regresó para salvar su vida y nuevamente fue puesta en proceso de deportación.
Publicado 17 Ene 2023 – 01:40 PM EST | Actualizado 17 Ene 2023 – 01:40 PM EST
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Corte Suprema de Justicia de EEUU. Crédito: Chip Somodevilla/Getty Images

La Corte Suprema de Justicia celebra este martes una audiencia de revisión del caso de una inmigrante transgénero de origen guatemalteco que previamente fue deportada en dos ocasiones y en 2018 regreso a Estados Unidos para pedir asilo por tercera vez.

Se trata de León Santos-Zacaria, de 34 años, quien huyó de su casa a la edad de 13 y se fue a vivir a México. Los documentos de la corte señalan que Santos-Zacaria ingresó ilegalmente (indocumentada) a Estados Unidos al menos dos veces, lo que llevó a su deportación a Guatemala, la primera en 2008 y la segunda en 2012.

Sin embargo, a pesar de las expulsiones y el castigo que conlleva el re-entry (reingreso ilegal después de una deportación, que conlleva una pena de prohibición hasta de por vida), Santos-Zacaria regresó a Estados Unidos en mayo de 2018.

“Fue detenida y posteriormente solicitó un tipo de ayuda humanitaria, alivio que se conoce como ‘suspensión de deportación’ bajo la Ley de Inmigración y Nacionalidad”, explica un reporte de Scotusblog en su página digital.

La inmigrante guatemalteca también solicitó protección bajo la Convención contra la Tortura (CAT), un tratado internacional suscrito por el gobierno de Estados Unidos.

La batalla jurídica

Santos-Zacaria alega que la Junta de Apelaciones de Inmigración (BIA) no completó el proceso de apelaciones y el tribunal desestimó su expediente. Posteriormente, en enero del año pasado, la Corte de Apelaciones del 5º Circuito, con sede en Nueva Orleans, rarificó el dictamen de la BIA.

La inmigrante argumentó en su petición y en el expediente entregado ante la Corte Suprema que a la edad de 12 años fue atacada sexualmente por un vecino por “ser homosexual”. Y alega que en caso de ser deportada a Guatemala es probable que sufra persecuciones por su identidad de género.

En el caso denominado Santos-Zacaria versus Garland la inmigrante guatemalteca pide al máximo tribunal de justicia que revise el dictamen emitido por la BIA, quien denegó su solicitud de retención de deportación y reparación en virtud de la Convención contra Tortura (CAT).

La Junta de Apelaciones de Inmigración rechazó la petición indicando que, “negamos (la junta de jueces que revisó el caso) en parte y desestimamos, en parte, por falta de jurisdicción”, explica un análisis publicado por el sitio Casetext.

Tras pedir asilo, un juez inmigración denegó su solicitud y concluyó que la agresión anterior de Santos “era insuficiente para establecer una persecución pasada”. La BIA, por su parte, concluyó que “el gobierno había refutado la presunción”. Y señaló que “también confirmó la decisión del juez de inmigración de que Santos no había establecido la elegibilidad para el alivio bajo el CAT (Convención contra la Tortura)”.

A su vez, la BIA también rechazó un argumento de que el juez de inmigración ignoró o no consideró evidencia relevante”. Santos presentó oportunamente un recurso de revisión, señala el informe de Casetext.

La impugnación

Tras la decisión de la BIA, Santos-Zacaria impugnó el fallo de que ella no es elegible para la retención de deportación. Los abogados alegaron que la inmigrante sí presentó evidencia sustancial y razonable.

La defensa, además, alegó que la BIA no completó el proceso de apelaciones y no se consideró evidencia que probaba el peligro de persecución que corre su cliente en caso de ser expulsada del país y regresada a Guatemala, país donde sufriría persecución por su género.

Los abogados de Santos, además, indican que la BIA no tomó en cuenta una moción de reconsideración del caso, razón por la cual este recurso legal disponible está agotado, la principal causa por la que llevaron el caso ante la Corte Suprema.

En opinión del juez disidente (de la Corte de Apelaciones del 5º Circuito), Stephen Higgison, “este tribunal tiene jurisdicción debido a una solicitud de posible investigación adicional en el escrito de Santos apelando la decisión del juez de inmigración”. Y que esa solicitud “se produjo antes de que la BIA se pronunciara sobre las afirmaciones de Santos”.

Casetex explica que, debido a que esta objeción no se hizo a la BIA, Santos no ha cumplido con el requisito de agotamiento”; es decir, no fue agotado el debido proceso migratorio en esta instancia.

El fallo del 5º Circuito

Tras la decisión, el caso Santos Zacaría escaló a la Corte de Apelaciones del 5º Circuito, instancia que el 10 de enero ratificó las sentencias previas.

El tribunal escribió que para ser elegible a la retención de remoción (deportación), “un solicitante debe demostrar una ‘clara probabilidad’ de persecución al regresar”, en este caso a su país de origen. Y que una clara probabilidad “significa que es más probable que improbable que la vida del solicitante o la libertad se vería amenazada por la persecución a causa de raza, religión, nacionalidad, pertenencia a un determinado grupo social u opinión”.

El tribunal agregó que, si bien un solicitante “demuestra haber sufrido persecución en el pasado, tiene derecho a una presunción refutable de persecución futura”. Y que, si Santos presentó este argumento “por primera vez en apelación” ante la BIA, corresponde a ese tribunal “revisar una decisión final de remoción solo si el extranjero ha agotado todos los trámites administrativos o remedios disponibles por derecho”.

Pero advirtió que, “dado que Santos no presentó este argumento ante la BIA en una moción de reconsideración, carecemos de jurisdicción para considerarlo”.

La Corte de Apelaciones también señaló que, de acuerdo con el fallo de la BIA, se encontró que Santos reconoció que ella “podría reubicarse de manera segura dentro de Guatemala”, respuesta registrada durante una audiencia y que afecta su argumento de asilo.

Preguntas por responder

Scotusblog señala que el caso Santos-Zacaria planea dos preguntas que la Corte Suprema debería responder. Una de ellas se refiere a la interpretación que hizo la Corte de Apelaciones del 5º Circuito respecto a una sección de la Ley de Inmigración en cuanto al agotamiento del debido proceso. La otra se refiere a si lo actuado por Santos-Zacaria cuando recibió el fallo del 5º Circuito afectó el resultado de su demanda.

De acuerdo con los documentos del caso, el gobierno interpreta que el estatuto migratorio otorga el derecho a un extranjero para presentar una moción de reconsideración, pero que este no da derecho a un resultado o forma de reparación en particular.

“En otras palabras, el gobierno cree que la Sección 1252(d)(1) se cumple si el INA permite que Santos-Zacaria solicite la reconsideración de la BIA. No requiere que ella tenga derecho a una sentencia favorable de la BIA”, explica Scotusblog.

Los abogados de Santos-Zacaria y los amigos de la corte en este caso (amici), señalan que, presumiblemente, los no ciudadanos siempre tienen el “derecho” de solicitar ayuda discrecional a los funcionarios de inmigración. Si se aplica de manera amplia, la lectura del gobierno implica que los no ciudadanos solo podrían agotar sus recursos administrativos solicitando siempre una reconsideración en todos los procedimientos de inmigración”.

El gobierno responde que el Congreso incluyó el lenguaje “de pleno derecho” en la Sección 1252(d)(1) para distinguirlo de otras decisiones genuinamente discrecionales bajo la INA. Esta última categoría incluye actos de pura gracia administrativa a los que los no ciudadanos no tienen derecho, como las mociones de seguimiento para reconsideración y remedios como la cancelación de deportación que los fiscales generales otorgan a su entera discreción, apunta el análisis.

Santos-Zacaria insiste en que la Sección 1252(d)(1) crea un requisito procesal al que el gobierno renunció en la Corte de Apelaciones del 5to Circuito. Se espera que la Corte Suprema entregue un fallo en el verano.


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