El gobierno de EEUU usa el “miedo creíble” para proteger inmigrantes y balseros cubanos
La Guardia Costera aclaró que" trabajan para prevenir, disuadir e interceptar la migración ilegal", sin embargo los inmigrantes y balseros cubanos que requieren protección contra la persecución o la tortura, no son repatriados al solicitar la entrevista de miedo creíble.
“Los migrantes interceptados en el mar son detenidos por la Guardia Costera y se les proporciona comida, agua, y amparo, mientras se decide su disposición en coordinación con otras agencias federales”, explicó en un comunicado la Guardia Costera.
El organismo hizo la aclaratoria de lo que hace cuando intercepta embarcaciones, luego de una información publicada en Radio Televisión Martí que ocasionó una confusión.
“Esto es una política del gobiernoe estadounidense desde hace mucho tiempo. Todos los inmigrantes interceptados tienen una oportunidad de solicitar y recibir protección contra persecución o tortura”, refiere la Guardia Costera.
De esta manera es la Oficina de Aduanas y Protección Fronteriza de EE.UU (CBP) y El Servicio de Ciudadanía de Inmigración de los Estados Unidos (USCIS), los encargados de procesar el trámite de miedo creíble.
Esta no es una nueva normativa, sino que se trata de una política que ya tiene varios años, en la que los extranjeros expresan que tienen temor de persecución de tortura, por lo cual puede solicitar asilo a un juez de inmigración.
“Si el oficial de asilo no encuentra que usted está bajo “temor creíble” de persecución o tortura, usted puede solicitar que un juez de inmigración revise dicha determinación”, advierte El Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS)
Si no solicita revisión ante el juez de inmigración y este concurre con la determinación, USCIS puede removerlo de los Estados Unidos.
¿Qué debe decirle al Servicio de Aduanas y Protección Fronteriza?
• Que desea solicitar asilo
• Que teme persecución o tortura
• Que teme regresar a su país.
Si usted dice que teme regresar a su país, CPB le detiene y le provee información acerca del proceso de “temor creíble”.
¿Que ocurre luego de ser detenido?
Los funcionarios le dan:
• Una orientación acerca del proceso de “temor creíble”
• Una lista de proveedores de servicios legales a bajo costo o gratuitos
• Al menos 48 horas luego de su llegada al lugar de detención antes de realizarle la entrevista
• La oportunidad de estar exento del periodo de espera.